Reglamento interno

Gobernando nuestro trabajo juntos

El Reglamento Permanente establece el marco para nuestra gestión durante la Conferencia Anual. Este reglamento garantiza que nuestros procesos de gobernanza sean justos, transparentes y eficaces, a la vez que refleja nuestro compromiso como Metodista Libre con el liderazgo compartido entre clérigos y laicos.

Al reunirnos para nuestra Conferencia Anual de 2025, estas reglas guían nuestra toma de decisiones, nuestros procedimientos de votación y nuestro discernimiento colectivo. Al seguir los protocolos establecidos, honramos tanto nuestra política denominacional como nuestro deseo de un gobierno guiado por el Espíritu.

Los cambios (cuando se realizaron) se indican en cursiva cuando es relevante dentro de las reglas.

1. Reglas de Roberts.

La última edición de ROBERT'S RULES OF ORDER es la base del procedimiento parlamentario.

2. Barra.

El mandato de la conferencia se establecerá mediante declaración del presidente de la misma.

3. Rodar.

El padrón para efectos de VOTACIÓN se establece mediante el recibo de las credenciales de delegado y ministerial recibidas por el Secretario de la Conferencia con antelación a la conferencia.

La lista de asistentes a la conferencia anual convocada se establece según la asistencia de delegados y ministros al evento.

4. Asientos de los delegados.

Los delegados ocuparán un puesto en el bar designado. El mandato de un delegado electo dura un año completo de la conferencia. El mandato de un delegado recién elegido comienza con la apertura de la Conferencia Anual.

5. Asientos honorarios.

Si no son miembros de la Conferencia Anual, se otorgarán cargos honorarios al secretario de la conferencia, a los miembros laicos del Comité de Nombramientos Ministeriales, a la Junta de Administración, al Tesorero de la Conferencia, a los miembros de la Junta o Comité que deban rendir cuentas a la Conferencia, a los Candidatos Ministeriales, a los ministros suplentes y a los miembros honorarios de la Conferencia. Cada proyecto y confraternidad de plantación de iglesias tendrá derecho a un representante laico, quien recibirá un cargo honorario en la Conferencia. Cada congregación de una iglesia multicongregacional tendrá derecho a un representante, quien recibirá un cargo honorario si el/los delegado(s) debidamente elegido(s) de la iglesia no es(son) de esa congregación.

6. Secretaria/Cajeros.

El Secretario de la Conferencia Anual está facultado para designar secretarios adjuntos, un secretario de estadística y al menos dos paneles de escrutadores quienes, a menos que se les indique lo contrario, se retirarán para contar todas las papeletas mientras se desarrollan los asuntos de la Conferencia.

7. Minutos.

La Conferencia llevará actas de todas sus deliberaciones. Estas actas serán aprobadas por la Junta de Administración durante el año de la conferencia. Un registro de las actas aprobadas se deposita en FMCUSA anualmente. Las grabaciones de video, las grabaciones de audio y las actas escritas de las deliberaciones de la Conferencia estarán disponibles para cualquier miembro activo de la Conferencia Anual mediante solicitud por escrito, sujeta a la aprobación de la Junta de Administración. Dichas solicitudes pueden presentarse a la Oficina de la Conferencia.

8. Comunicaciones.

Todas las comunicaciones deberán dirigirse por escrito al secretario.

9. Mociones y nominaciones

Todas las mociones (excepto las incidentales), resoluciones, recomendaciones y la organización de juntas y comités deberán presentarse por escrito al secretario de la Conferencia. Se prefieren copias mecanografiadas. A discreción del presidente, el debate sobre las mociones se limitará a tres (3) comentarios a favor y tres (3) mociones en contra antes de su votación o enmienda.

10. Duración del mandato.

Todos los miembros de la junta directiva y de los comités permanentes y directores recientemente elegidos asumirán sus cargos al cierre de la Sesión de la Conferencia Anual.

11. Aplazamiento.

Cuando la Conferencia se suspende, se reúne nuevamente cuando lo convoca el Obispo del Área.

Políticas

12. Organización.

Las juntas y comités permanentes de la Conferencia son los siguientes:

Tableros

Junta de Administración (BOA)

El Comité de Finanzas [reporta a la Junta de Directores]

Comités

El Comité Ministerial de Educación y Orientación (MEG)

El Comité de Nombramientos Ministeriales (MAC)

El Comité de Nominaciones

Grupo – Incorporado por separado

El Grupo de Gestión (TMG)

El Grupo de Multiplicación del Reino (KMG)

13. Recomendaciones y presupuestos.

Todo informe a la Conferencia que contenga recomendaciones o consideraciones financieras deberá imprimirse, distribuirse y entregarse al Secretario de la Conferencia Anual dos horas antes de su apertura. Si el proponente desea que se entreguen copias físicas a la delegación, la impresión será su responsabilidad.

14. Informes.

Todos los informes de las juntas o ministerios que se incluyan en los materiales de la Conferencia Anual deben presentarse 45 días antes de la primera sesión de la Conferencia Anual. Si un informe contiene recomendaciones que requieran la acción de la Conferencia Anual, el presidente de la junta o comité deberá designar a un representante para que presente o responda preguntas relacionadas con la recomendación. Los informes escritos, en audio y en video constituirán el informe de la junta, comité o ministerio, a menos que el/los superintendente(s) o el presidente de la conferencia anual no lo autoricen. Los informes orales tendrán una duración máxima de 3 minutos, a menos que el/los superintendente(s) o el presidente lo autoricen.

15. Comité de Nombramientos Ministeriales (MAC)

  1. El comité estará integrado por ocho miembros, entre laicos y clérigos.
  2. El Superintendente actuará como representante del clero en virtud de su cargo electivo.
  3. El Comité de Nominaciones presentará a la Conferencia Anual cuatro miembros laicos y dos clérigos.
  4. Según el Libro de Disciplina de la FMC, el Obispo es reconocido como presidente del comité y el Superintendente designado como vicepresidente.

16. Comité de Nominaciones.

El Comité de Nominaciones estará compuesto por ocho miembros con igual representación del clero laico, de la siguiente manera:

  1. El Superintendente de la Conferencia actúa como miembro del clero con derecho a voto en virtud de su cargo.
  2. Se elegirán siete miembros de la conferencia (tres clérigos y cuatro laicos) para el Comité.
  3. El Comité de Nominaciones presentará una lista de posibles nominados a la BOA, y la BOA tomará la decisión final sobre los nombres que aparecerán en la boleta.
  4. El presidente será designado por el Consejo de Administración.

17. Duplicación en los comités

Para promover una amplia participación y evitar la sobrecarga de personal, se recomienda encarecidamente que ninguna persona participe simultáneamente en más de una junta o comité de la conferencia. En casos excepcionales, cuando la experiencia o los conocimientos de una persona se consideren cruciales para el funcionamiento eficaz de varias juntas y comités, el Consejo de Administración podrá conceder una excepción a esta recomendación. Sin embargo, estas excepciones deben considerarse cuidadosamente y minimizarse para mantener el espíritu de esta guía y una participación equilibrada entre los miembros de la conferencia.

18. Vacantes.

La Junta de Administración está facultada para cubrir cualquier vacante en los comités temporales a medida que se produzca. Entre las sesiones de la Conferencia Anual, las juntas y los comités permanentes pueden recibir renuncias de sus miembros. La Junta de Administración elegirá a los sustitutos para un puesto interino hasta la siguiente sesión de la Conferencia Anual.

19. Membresías Ex Officio.

El Superintendente será nombrado para ocupar el cargo ex officio de todas las Juntas de Conferencia, comités permanentes y temporales, salvo que se indique lo contrario en el Libro de Disciplina vigente. El Superintendente podrá, a su discreción, designar a un representante para que ocupe su cargo ex officio.

20. Empleados de la Conferencia.

Con excepción del/de los Superintendente(s), todo empleado de la Iglesia Metodista Libre del Sur de California debe ser aprobado por la mayoría de votos de la Conferencia Anual, o por la Junta de Asociaciones (BOA) entre sesiones anuales, para formar parte de la Junta de Administración de la Conferencia, el Comité de Nombramientos Ministeriales y la Junta de Educación y Orientación Ministerial. De lo contrario, solo podrá desempeñar funciones consultivas.

21. Duración del mandato del Consejo.

El Comité de Nombramientos procurará dotar a cada junta directiva con el personal más cualificado. A medida que venzan los mandatos y se produzcan otras vacantes, procurará renovar las juntas directivas con nuevo personal para garantizar la continuidad del liderazgo y la experiencia, y ampliar la base de participación. Todos los mandatos de las juntas directivas y los comités se organizarán por periodos rotativos de tres años. El servicio podrá completarse durante dos mandatos consecutivos, seguidos de una interrupción obligatoria de un año en cada junta o comité. Un miembro podrá formar parte simultáneamente de más de una junta o comité, cuyos mandatos podrán vencer con diferentes vencimientos.

22. Negocios pasados por alto.

Cualquier asunto pasado por alto por la sesión de la Conferencia Anual y los asuntos de rutina durante el año de la conferencia se remiten a la Junta de Administración.

23. Superintendentes Auxiliares.

El Superintendente podrá, a su discreción, designar miembros ministeriales para que actúen como Superintendente(s) Asistente(s) con el propósito de ayudar con el trabajo de la Superintendencia.

Organización y procedimientos de la junta y los comités

24. Organización de la Junta/Comité.

La Junta de Administración recientemente elegida convocará una reunión organizativa dentro de los 30 días posteriores al cierre de la Conferencia Anual para establecer a los funcionarios de entre los Directores recientemente elegidos de la Junta y para designar a los presidentes de los comités y juntas permanentes de la conferencia.

  • Junta de Educación y Orientación Ministerial
  • Comité de Nominaciones
  • Finanzas
  • El Comité de Nombramientos Ministeriales está presidido por el Obispo del Área, en virtud de su cargo.

El Consejo de Administración también nombrará a los Directores del Grupo de Gestión y del Grupo de Multiplicación del Reino, que son sociedades subsidiarias organizadas por separado, de conformidad con sus estatutos. Los Directores de cada Grupo se autoorganizarán una vez nombrados e informarán al Consejo de Administración.

Los nuevos presidentes convocarán a sus comités dentro de los 30 días de la Conferencia Anual para distribuir una lista del comité, establecer la comunicación, asignar un secretario de actas, revisar cualquier tema abierto del comité y fijar una hora para la primera reunión.

25. Informes.

El presidente o secretario de cada junta y comité deberá completar y devolver las actas de las acciones al secretario de la conferencia dentro de los diez días siguientes al cierre de la Conferencia si la acción del comité se tomó durante una sesión de la Conferencia Anual.

26. Notificación a miembros, descripción del trabajo.

El presidente del Comité de Nominaciones se comunicará con todos los nominados tras la clausura de la Conferencia Anual para notificarles su elección o no. El presidente deberá incluir una copia de la descripción de funciones de la junta o comité, aprobada por el Consejo de Administración, junto con la carta de notificación de su elección.

27. Registro de asistencia.

Todos los secretarios de la junta y de los comités permanentes deben preparar un informe anual del registro de asistencia de los miembros a las reuniones regulares y proporcionarlo cuando lo convoque el presidente del Comité de Nominaciones.

28. Ausencias.

En caso de ausencia intencionada a cualquier reunión de la junta directiva o del comité permanente, se instruye a los miembros a informar al presidente o secretario de la junta directiva o del comité antes de la fecha de la reunión. Todos los secretarios deben registrar las ausencias presentes, ausentes (sin previo aviso) y justificadas (con previo aviso) en todas las reuniones. El Comité de Nombramientos debe tomar nota de la asistencia de los miembros de la junta directiva y del comité permanente y, si se observa que un miembro tiene un historial de inasistencia a las reuniones ordinarias, está autorizado a nombrar un sustituto.

29. Minutos.

Todos los secretarios de la junta y de los comités permanentes deberán enviar, dentro de los diez días, copias de las actas de las reuniones a todos los miembros de la junta o del comité y una copia al Secretario de la Conferencia.

30. Comité Ejecutivo del Consejo de Administración.

Las acciones del Comité Ejecutivo del Consejo de Administración deben ser ratificadas por el Consejo en pleno, excepto cuando se le otorga poder para actuar.

31. Nombramientos y transiciones pastorales.

El pastor saliente es responsable de los servicios en la iglesia que deja hasta el domingo siguiente al cierre de la Conferencia Anual o el último domingo de mayo, lo que ocurra más tarde, a menos que el Superintendente o el Comité de Nombramientos Ministeriales hagan arreglos especiales.

32. Votación Electrónica.

Por orden de la Junta de Administración, la votación para acciones, mociones, resoluciones o similares de la conferencia podrá realizarse por medios electrónicos (como correo electrónico, grupos de discusión o métodos similares) para todas las juntas y comités permanentes. En caso de que una votación requiera la aprobación de toda la Delegación de la Conferencia Anual, se enviarán notificaciones a los delegados y ministros mediante las credenciales archivadas en el Secretario de la Conferencia para el año de la conferencia en curso. Los resultados de la votación serán ratificados por la delegación de la Conferencia Anual o por la Junta de Administración entre las sesiones de la Conferencia. Las papeletas de votación para las Juntas y Comités de la Conferencia se enviarán a la Delegación de la Conferencia Anual con antelación a la conferencia mediante correo postal y notificación electrónica. Idealmente, las papeletas incluirán más candidatos elegibles que puestos disponibles para que los delegados con derecho a voto puedan ejercer su voz en la elección de representantes.